Sociedad

Omitir las vacunas de calendario en Córdoba tendrá como consecuencias multas, arresto o trabajo comunitario

En Argentina, la Ley 27.491 establece que las vacunas del Calendario Nacional son una obligación legal.
Sociedad 2025-12-26 17:35:11

A través de un proyecto de modificación del Código de Convivencia de Córdoba, se prevén sanciones a quienes omitan la vacunación obligatoria de menores de 18 años.

A través de un proyecto de modificación del Código de Convivencia Ciudadana de la Provincia (Ley 10.326), Córdoba busca garantizar la obligatoriedad de las vacunas del Calendario Nacional.

La iniciativa tiene por objetivo incorporar el artículo 75 bis, referido a la omisión de la vacunación obligatoria a menores de 18 años, como una falta plausible de sanción legal para los adultos a cargo, incluyendo multas económicas, hasta 5 días de arresto o su equivalente en actividades de servicio comunitario.

La sanción económica será de 50 Unidades Fijas (UF). Actualmente, cada UF equivale a $1.696, según el valor del litro de nafta súper informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (Fecac). De esta manera, la multa por incumplir la vacunación obligatoria ascenderá a $84.800.

Al respecto, el ministro de Salud Ricardo Pieckenstainer sostuvo: “Esta actualización del Código apunta a que volvamos a retomar la buena senda del uso de las vacunas, que tengamos una conducta saludable y nos protejamos contra enfermedades que tenemos erradicadas y aquellas que siguen circulando”.

Vale mencionar que, en Argentina, rige la Ley 27.491, la cual establece que las vacunas del Calendario Nacional son una obligación legal, y las define como un “bien social” y un derecho irrenunciable de la población.

En este sentido, toda persona que viva en el país debe cumplir con el calendario de vacunación y aquellos responsables legales tienen el deber de garantizar que niños, niñas y adolescentes reciban las dosis obligatorias en tiempo y forma.

En este marco, la incorporación del artículo 75 bis al Código de Convivencia, establece que conducta sancionada no se dirige a opciones ideológicas, sino al incumplimiento de un deber legal establecido por normas nacionales, reforzando la responsabilidad de los adultos a cargo y la actuación diligente de los efectores de salud.

En nuestra provincia –como en el resto del país-, las vacunas del Calendario Nacional son obligatorias y gratuitas; se aplican en los más de 800 vacunatorios, centros de salud y hospitales públicos distribuidos en todo el territorio.

El calendario incluye vacunas para todas las etapas de la vida, situaciones especiales o para grupos específicos.

 

Vacunas Multas Córdoba


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